No te saltes esta ley si vas a circular por España en VMP

LEYES

Características técnicas de los patinetes eléctricos

Para ser considerado un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), un patinete eléctrico debe cumplir con una serie de especificaciones técnicas, diseñadas para garantizar tanto la seguridad del usuario como la de los peatones y otros conductores:

  • Velocidad máxima: 25 km/h. Los vehículos que superen esta velocidad dejan de considerarse VMP y entran en la categoría de vehículos motorizados, con requisitos legales adicionales.

  • Potencia nominal máxima: 1.000 W para patinetes estándar y hasta 2.500 W para aquellos con sistemas de autoequilibrado.

  • Dimensiones: Los patinetes no pueden exceder los 2 metros de longitud, 0,75 metros de anchura y 1,4 metros de altura.

  • Equipamiento obligatorio: Cada patinete debe incluir frenos independientes (con una desaceleración mínima de 3,5 m/s²), luces delanteras y traseras, catadióptricos, un avisador acústico y una pantalla que muestre información básica como la velocidad y el nivel de batería.

  • Estabilidad: Los patinetes con menos de tres ruedas deben tener un sistema de estabilización para estacionarlos, como una pata de cabra o un caballete central​

Estos requisitos técnicos son esenciales para homologar el vehículo como VMP. Sin estas características, el patinete podría considerarse un vehículo de motor, sujeto a regulaciones más estrictas.

El uso de PATINETES ELÉCTRICOS en España ha crecido exponencialmente en los últimos años, convirtiéndose en un elemento clave de la movilidad urbana. Esta popularidad ha impulsado una regulación exhaustiva para garantizar la seguridad de los usuarios y la convivencia con otros vehículos y peatones. En noviembre de 2024, la normativa aplicable se ha actualizado con detalles técnicos y legislativos que todo usuario debe conocer antes de utilizar su patinete en las vías públicas. Aquí exploramos las principales disposiciones legales y aspectos prácticos a tener en cuenta.

Normas de circulación

El Reglamento General de Circulación establece las directrices para el uso de los VMP, con normas específicas para garantizar la convivencia en las vías públicas:

  1. Zonas de circulación permitidas:

    • Los patinetes eléctricos deben circular por carriles bici, ciclocarriles y vías con un límite de velocidad de 30 km/h.

    • Queda estrictamente prohibido su uso en aceras, excepto en zonas específicamente habilitadas por ordenanzas locales.

    • En carreteras, su uso está limitado a travesías o vías urbanas donde se permita circular a bicicletas.

  2. Prioridad y respeto a los peatones:

    • Los peatones tienen siempre preferencia. En pasos de cebra o zonas peatonales, el usuario del patinete debe detenerse.

  3. Restricciones específicas:

    • Está prohibido conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, con las mismas sanciones que los vehículos motorizados.

    • No se permite el uso de móviles ni auriculares mientras se conduce un patinete.

    • Solo puede circular una persona por vehículo, y los menores no pueden viajar como pasajeros​

El uso del casco y elementos de protección

Uno de los puntos más debatidos en la normativa sobre VMP es el uso del casco. Según la legislación nacional:

  • Obligatoriedad general: A nivel nacional, el casco es obligatorio para conductores de patinetes eléctricos. Sin embargo, la implementación de esta medida puede variar dependiendo de las ordenanzas municipales.

  • Casos específicos: Ciudades como Barcelona y Madrid han establecido sanciones para quienes no utilicen casco. Otras localidades aún presentan vacíos legales en este ámbito.

  • Recomendación: Aunque no siempre sea obligatorio, el uso del casco es altamente recomendable para reducir el riesgo de lesiones en caso de accidente​

Seguro obligatorio

La legislación española establece que los VMP no necesitan un seguro obligatorio para su uso particular, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas de un patinete homologado. Sin embargo:

  • Excepciones locales: Algunas ciudades como Barcelona, Bilbao o Alicante exigen un seguro de responsabilidad civil.

  • Recomendación general: Aunque no sea obligatorio en todas las regiones, contar con un seguro es una medida prudente. Muchas compañías ofrecen pólizas específicas para patinetes, con precios que oscilan entre 30 y 50 euros anuales, cubriendo daños a terceros y accidentes​

Sanciones y multas

El incumplimiento de las normas de circulación puede llevar a sanciones económicas significativas:

  • Circular por la acera: Multas de hasta 200 €.

  • No usar casco (cuando es obligatorio): Multas de 100 €.

  • Conducir bajo los efectos del alcohol: Multas de hasta 1.000 €.

  • Uso de auriculares o móvil: Multas de 200 €

1. ¿Qué requisitos técnicos debe cumplir mi vehículo (patinete, bicicleta eléctrica o monociclo) para ser considerado un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)?

Para ser clasificado como VMP, el vehículo debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Velocidad máxima: No superar los 25 km/h.

  • Potencia máxima: 1.000 W (para patinetes estándar) o 2.500 W (para vehículos con autoequilibrado).

  • Dimensiones máximas: Longitud de 2 m, ancho de 0,75 m y altura de 1,4 m.

  • Equipamiento obligatorio: Frenos independientes, luces delanteras y traseras, catadióptricos, avisador acústico y un sistema de estabilización para estacionar.
    Los vehículos que no cumplan estos requisitos, como los que superen los 25 km/h o tengan mayor potencia, dejan de ser considerados VMP y se clasifican como ciclomotores o motocicletas​

Preguntas más frecuentes entre los usuarios de Patinetes eléctricos

2. ¿Es obligatorio el uso del casco al conducir un patinete eléctrico o bicicleta eléctrica en mi ciudad?

El casco es obligatorio para usuarios de patinetes eléctricos según la normativa nacional. Sin embargo, la implementación varía según las ordenanzas municipales. Por ejemplo:

  • En Madrid y Barcelona, el casco es obligatorio.

  • En otras localidades puede no serlo, pero siempre es recomendable.
    La normativa para bicicletas eléctricas depende de si son de pedaleo asistido (no obligatorio) o superan las características técnicas de los VMP, en cuyo caso el casco sí es obligatorio​

3. ¿Puedo circular con mi VMP por la acera o por zonas peatonales?

En general, está prohibido circular con patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas o monociclos por aceras o zonas peatonales. Las únicas excepciones se dan cuando una ordenanza municipal lo permita explícitamente. Circular por estas áreas puede resultar en multas de hasta 200 €​

4. ¿Dónde puedo estacionar mi patinete o bicicleta eléctrica?

El estacionamiento de VMP está regulado por las ordenanzas locales. En la mayoría de las ciudades, los VMP deben estacionarse en áreas habilitadas, como aparcamientos para bicicletas o zonas específicas para patinetes. Dejar el vehículo en lugares que obstaculicen el paso de peatones puede resultar en multas y la retirada del vehículo​

5. ¿Qué medidas de seguridad debo tomar si circulo de noche con mi vehículo eléctrico?

Para circular de noche, es obligatorio:

  • Usar luces delanteras blancas y traseras rojas.

  • Llevar elementos reflectantes en el cuerpo o la ropa.
    No cumplir con estas medidas puede considerarse una falta de diligencia y acarrear sanciones. Además, es recomendable reducir la velocidad y extremar las precauciones​

6. ¿Puedo usar auriculares o mi teléfono móvil mientras conduzco un patinete o bicicleta eléctrica?

No, está prohibido usar auriculares o el teléfono móvil mientras se conduce cualquier VMP. Esta normativa aplica de forma similar a la de los vehículos motorizados y busca evitar distracciones que puedan causar accidentes. La sanción por infringir esta norma es de 200 €​

7. ¿Es necesario contar con un seguro de responsabilidad civil para utilizar un VMP?

A nivel nacional, no es obligatorio contar con un seguro para VMP particulares. Sin embargo, ciudades como Barcelona, Bilbao y Valencia ya han implementado esta exigencia. El seguro cubre daños a terceros y puede incluir asistencia en caso de accidentes​

8. ¿Qué normativa regula el uso de bicicletas eléctricas que alcanzan más de 25 km/h o tienen mayor potencia?

Las bicicletas eléctricas con asistencia al pedaleo limitada a 25 km/h y potencia de hasta 250 W no requieren matrícula, seguro ni casco obligatorio. Si superan estas especificaciones, se clasifican como ciclomotores y deben cumplir con:

  • Matriculación.

  • Seguro obligatorio.

  • Uso de casco en todo momento.

  • Licencia de conducción AM​

9. ¿Qué sanciones existen por conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol o drogas?

Las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas son las mismas que para vehículos motorizados:

  • Hasta 1.000 € por superar los límites de alcohol permitidos.

  • Sanciones similares por consumo de drogas.
    Además, las autoridades pueden inmovilizar el vehículo en caso de infracción​

10. ¿Cómo afectan las normativas locales al uso de VMP en ciudades como Madrid, Barcelona o Sevilla?

Cada ciudad tiene ordenanzas específicas que complementan la normativa nacional:

  • Madrid: Obliga al uso del casco, limita el estacionamiento a zonas habilitadas y prohíbe circular por aceras.

  • Barcelona: Requiere seguro de responsabilidad civil, regula las zonas de circulación y prohíbe su uso en aceras.

  • Sevilla: Prioriza la circulación en carriles bici y establece zonas específicas para estacionar.
    Antes de circular, es esencial revisar las ordenanzas locales para evitar sanciones